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💰 Valuación NIF serie C (activos, pasivos, capital e instrumentos financieros)

Valuación NIF serie C (activos, pasivos, capital e instrumentos financieros)

La serie NIF C del CINIF define los criterios de reconocimiento y valuación de los principales rubros del estado de situación financiera. El efectivo y sus equivalentes (NIF C-1) se valúan a su valor nominal; el efectivo en moneda extranjera y los metales preciosos amonedados se valúan a valor razonable (tipo de cambio o cotización a la fecha de los estados financieros). Los equivalentes son inversiones de alta liquidez, a corto plazo, fácilmente convertibles en efectivo y con riesgo poco significativo de cambios en su valor.

En instrumentos financieros, la NIF C-2 valúa los negociables a valor razonable con cambios en resultados (utilidad o pérdida neta del periodo); los derivados (NIF C-10) también a valor razonable, con tres tipos de cobertura: de valor razonable, de flujos de efectivo y de una inversión neta en una operación extranjera. Los instrumentos por cobrar de principal e interés (NIF C-20) y los instrumentos por pagar (NIF C-19) se valúan posteriormente a costo amortizado con el método de interés efectivo. El deterioro de los financieros por cobrar (NIF C-16) sigue el modelo de pérdida crediticia esperada (PCE) desde el reconocimiento inicial. Las cuentas por cobrar comerciales sin interés (NIF C-3) reconocen una estimación por pérdidas crediticias esperadas; las de financiamiento se tratan en la NIF C-20.

Reglas clave de otros rubros:

En pasivos, la NIF C-9 exige reconocer una provisión solo si concurren tres condiciones: obligación presente (legal o asumida) por un evento pasado, salida probable de recursos y monto estimable de forma confiable; se valúa a la mejor estimación del desembolso. La clasificación como pasivo o capital (NIF C-12) atiende a la sustancia económica sobre la forma legal. El capital contable (NIF C-11) se divide en capital contribuido (aportaciones) y capital ganado (resultados acumulados y otros resultados integrales); los gastos de emisión de acciones disminuyen el capital contable.

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Preguntas de muestra (35)

1. De acuerdo con la NIF C-1, ¿a qué valor debe reconocerse el efectivo en moneda nacional que una entidad mantiene en caja y en cuentas bancarias?

  1. A su valor nominal, sin ajustes por inflación o por condiciones de mercado
  2. A su valor razonable, determinado con base en el rendimiento que generaría en el mercado de dinero
  3. A su valor de reposición, actualizado por inflación al cierre del periodo
  4. Al valor presente de los flujos de efectivo que se espera recibir por su uso futuro

La NIF C-1 establece que el efectivo se valúa a su valor nominal; solo la moneda extranjera y los metales preciosos amonedados se valúan a valor razonable. (NIF C-1 Efectivo y equivalentes de efectivo, criterios de valuación (CINIF))

2. Conforme a la NIF C-1, ¿cuál de las siguientes es una característica que debe cumplir una inversión para clasificarse como equivalente de efectivo?

  1. Ser una inversión a largo plazo con rendimiento fijo garantizado por una institución gubernamental
  2. Ser una inversión de alta liquidez y corto plazo, fácilmente convertible en efectivo, con riesgo poco significativo de cambio en su valor
  3. Ser un instrumento financiero de deuda que se administra con un modelo de negocio de negociación activa
  4. Ser una inversión en instrumentos de capital de otra entidad sobre la cual se ejerce influencia significativa

La NIF C-1 define a los equivalentes de efectivo como inversiones de alta liquidez, a corto plazo, fácilmente convertibles en efectivo y con riesgo poco significativo de cambio en su valor; las demás opciones describen instrumentos regulados por otras NIF de la serie C. (NIF C-1 Efectivo y equivalentes de efectivo, definición de equivalentes de efectivo (CINIF))

3. Una entidad mexicana mantiene efectivo en dólares estadounidenses depositado en una cuenta bancaria en el extranjero. Conforme a la NIF C-1, ¿a qué valor debe presentarse este efectivo en los estados financieros al cierre del periodo?

  1. A su valor nominal en dólares, convertido al tipo de cambio histórico de la fecha en que se depositó
  2. Al costo de adquisición en pesos, sin actualización posterior por movimientos cambiarios
  3. A su valor razonable, utilizando el tipo de cambio de cierre vigente a la fecha de los estados financieros
  4. A su valor razonable, utilizando el tipo de cambio promedio ponderado observado durante el ejercicio

La NIF C-1 señala que el efectivo en moneda extranjera se valúa a su valor razonable, aplicando el tipo de cambio vigente a la fecha de los estados financieros, y no un tipo histórico o promedio. (NIF C-1 Efectivo y equivalentes de efectivo, valuación de moneda extranjera (CINIF))

4. Una entidad conserva monedas de plata Libertad como parte de su efectivo disponible. Conforme a la NIF C-1, ¿cómo deben valuarse estos metales preciosos amonedados?

  1. A su valor nominal impreso en la moneda
  2. Al costo histórico de adquisición de las monedas
  3. Al valor de reposición del metal contenido, actualizado por inflación
  4. A su valor razonable a la fecha de los estados financieros

La NIF C-1 dispone que los metales preciosos amonedados, al igual que la moneda extranjera, se valúan a su valor razonable, y no a su valor nominal ni a su costo histórico. (NIF C-1 Efectivo y equivalentes de efectivo, valuación de metales preciosos amonedados (CINIF))

5. Una entidad adquiere papel comercial de alta liquidez con vencimiento de cuatro meses contados a partir de su fecha de adquisición. Conforme al criterio de corto plazo comúnmente aplicado a los equivalentes de efectivo, esta inversión:

  1. Normalmente no debe clasificarse como equivalente de efectivo, pues el plazo excede el criterio general de vencimiento de hasta tres meses desde su adquisición
  2. Debe clasificarse como equivalente de efectivo sin restricción de plazo, siempre que se trate de un instrumento de alta liquidez
  3. Debe reclasificarse automáticamente como efectivo restringido, por exceder el plazo general de tres meses
  4. Debe valuarse como equivalente de efectivo únicamente si su tasa de rendimiento es variable y no fija

Bajo el criterio de corto plazo comúnmente aceptado para equivalentes de efectivo (vencimiento no mayor a tres meses desde su adquisición), una inversión a cuatro meses normalmente no califica; el resto de las opciones no reflejan las características exigidas por la NIF C-1. (NIF C-1 Efectivo y equivalentes de efectivo, criterio de corto plazo para equivalentes de efectivo (CINIF))

6. Una entidad mantiene un depósito en garantía de $500,000 en un banco, mismo que no podrá disponer sino hasta dentro de 18 meses, conforme a un contrato de arrendamiento. Conforme a la NIF C-1, ¿cómo debe presentar la entidad este efectivo restringido en su estado de situación financiera?

  1. Como parte del efectivo y equivalentes de efectivo circulantes, sin revelación adicional en notas
  2. Como un activo no circulante, presentado por separado del efectivo y equivalentes de efectivo disponibles
  3. Como una disminución directa del capital contable, hasta que se libere la restricción
  4. Como un pasivo circulante, por el monto restringido, mientras se cumple el plazo de garantía

Cuando la restricción sobre el efectivo excede de un año, la NIF C-1 requiere presentarlo como activo no circulante, separado del efectivo y equivalentes de efectivo de libre disposición. (NIF C-1 Efectivo y equivalentes de efectivo, efectivo restringido (CINIF))

7. Al cierre del ejercicio, una entidad presenta un sobregiro bancario en una de sus cuentas de cheques; dicho sobregiro no forma parte integral de la administración de efectivo de la entidad. Conforme a la NIF C-1, ¿cuál es el tratamiento correcto?

  1. Disminuirlo directamente del saldo de efectivo y equivalentes de efectivo presentado en el activo
  2. Compensarlo contra las cuentas por cobrar comerciales que mantiene la entidad con sus clientes
  3. Reclasificarlo como un pasivo por financiamiento bancario, sin disminuir el efectivo y equivalentes de efectivo del activo
  4. Presentarlo como efectivo restringido, dentro del mismo rubro de efectivo y equivalentes de efectivo

Cuando el sobregiro no forma parte integral de la administración de efectivo, la NIF C-1 exige presentarlo como un pasivo de financiamiento y no como una reducción del efectivo. (NIF C-1 Efectivo y equivalentes de efectivo, tratamiento de sobregiros bancarios (CINIF))

8. ¿Cuál de las siguientes inversiones constituye un ejemplo típico de equivalente de efectivo conforme a la NIF C-1?

  1. Acciones de una empresa asociada sobre la que se ejerce influencia significativa
  2. Un terreno adquirido con fines de inversión a largo plazo
  3. Una cuenta por cobrar a clientes con vencimiento a 90 días
  4. Valores gubernamentales de alta liquidez con vencimiento a corto plazo

Los valores gubernamentales de alta liquidez y corto plazo son el ejemplo clásico de equivalente de efectivo; las demás opciones corresponden a inversiones permanentes, propiedades o cuentas por cobrar reguladas por otras NIF. (NIF C-1 Efectivo y equivalentes de efectivo, ejemplos de equivalentes de efectivo (CINIF))

9. Al 31 de diciembre, una entidad mantiene USD $10,000 en una cuenta bancaria en el extranjero. El tipo de cambio histórico a la fecha del depósito fue de $17.00 pesos por dólar, y el tipo de cambio de cierre publicado a esa fecha es de $18.50 pesos por dólar. Conforme a la NIF C-1, ¿a qué importe en pesos debe presentarse este efectivo en los estados financieros?

  1. $185,000, aplicando el tipo de cambio de cierre vigente a la fecha de los estados financieros
  2. $170,000, aplicando el tipo de cambio histórico de la fecha de adquisición del efectivo
  3. $177,500, aplicando el promedio entre el tipo de cambio histórico y el de cierre
  4. $15,000, reconociendo únicamente la diferencia cambiaria del periodo (USD $10,000 × $1.50)

La NIF C-1 exige valuar el efectivo en moneda extranjera al tipo de cambio de cierre, por lo que USD $10,000 × $18.50 = $185,000; usar el tipo histórico, un promedio o reconocer solo la diferencia cambiaria son errores comunes que no reflejan el valor razonable a la fecha de los estados financieros. (NIF C-1 Efectivo y equivalentes de efectivo, valuación de moneda extranjera (CINIF))

10. ¿Cuál de las siguientes NO es una característica que la NIF C-1 exige para que una inversión se clasifique como equivalente de efectivo?

  1. Que sea una inversión de alta liquidez y fácil disponibilidad
  2. Que otorgue al tenedor una tasa de rendimiento fija superior a la tasa líder de mercado
  3. Que sea a corto plazo y fácilmente convertible en efectivo disponible
  4. Que esté sujeta a riesgos poco significativos de cambio en su valor razonable

La NIF C-1 no exige una tasa de rendimiento superior a la de mercado; las verdaderas condiciones son alta liquidez, corto plazo, fácil convertibilidad en efectivo y riesgo poco significativo de cambio en su valor. (NIF C-1 Efectivo y equivalentes de efectivo, definición de equivalentes de efectivo (CINIF))

11. Conforme a la NIF C-1, el efectivo y equivalentes de efectivo deben presentarse en el estado de situación financiera dentro de:

  1. El activo no circulante, independientemente de su disponibilidad inmediata
  2. El capital contable, como parte del capital ganado de la entidad
  3. El activo circulante, como la partida de mayor liquidez de la entidad
  4. Los pasivos circulantes, cuando corresponden a saldos de cuentas de cheques

El efectivo y equivalentes de efectivo son, por su naturaleza, la partida de mayor liquidez y se presentan dentro del activo circulante conforme a la NIF C-1. (NIF C-1 Efectivo y equivalentes de efectivo, presentación (CINIF))

12. Al preparar sus estados financieros, una entidad identifica que dentro de su saldo de caja incluyó cheques posfechados recibidos de clientes y vales por gastos de viaje pendientes de comprobar. Conforme a la NIF C-1, el tratamiento correcto es:

  1. Mantenerlos dentro del efectivo, ya que cualquier documento por cobrar de corto plazo califica como efectivo
  2. Presentarlos netos dentro de los equivalentes de efectivo, dada su alta liquidez esperada
  3. Reconocerlos como un gasto del periodo, al no representar efectivo disponible de forma inmediata
  4. Excluirlos del rubro de efectivo y reclasificarlos como cuentas por cobrar u otro activo, según corresponda

Los cheques posfechados y los vales pendientes de comprobar no son efectivo disponible; la NIF C-1 requiere excluirlos del rubro de efectivo y reclasificarlos conforme a su naturaleza real. (NIF C-1 Efectivo y equivalentes de efectivo, partidas excluidas del efectivo (CINIF))

13. Conforme a la NIF C-15, ¿en qué momento debe reconocerse una pérdida por deterioro en un activo de larga duración?

  1. Cuando el valor en libros del activo excede su valor de recuperación
  2. Cuando el valor en libros del activo es menor que su valor de recuperación
  3. Cuando el valor razonable del activo excede su costo histórico de adquisición
  4. Cuando el valor de uso del activo excede su valor razonable menos costos de disposición

La NIF C-15 exige reconocer una pérdida por deterioro precisamente cuando el valor en libros de un activo supera su valor de recuperación; la situación inversa no genera deterioro. (NIF C-15 Deterioro en el valor de los activos de larga duración, reconocimiento (CINIF))

14. De acuerdo con la NIF C-15, el valor de recuperación de un activo de larga duración se define como:

  1. El menor entre su valor razonable menos los costos de disposición y su valor de uso
  2. El mayor entre su valor razonable menos los costos de disposición y su valor de uso
  3. El promedio entre su valor en libros y su valor razonable a la fecha de valuación
  4. El valor presente de los flujos de efectivo futuros esperados, sin deducir costos de disposición

La NIF C-15 define el valor de recuperación como el mayor entre el valor razonable menos costos de disposición y el valor de uso del activo, no el menor ni un promedio. (NIF C-15 Deterioro en el valor de los activos de larga duración, valor de recuperación (CINIF))

15. Conforme a la NIF C-15, el valor de uso de un activo de larga duración se determina como:

  1. El precio que se recibiría por vender el activo en una transacción ordenada entre participantes de mercado, menos los costos de venta
  2. El costo de reposición del activo a nuevo, ajustado por su depreciación acumulada a la fecha de valuación
  3. El valor presente de los flujos de efectivo futuros que se espera generar por el uso continuo del activo y su disposición final
  4. El valor en libros histórico del activo, actualizado por inflación desde su fecha de adquisición

El valor de uso es el valor presente de los flujos de efectivo futuros esperados del activo; la opción sobre la venta entre participantes de mercado corresponde, en realidad, al valor razonable menos costos de disposición. (NIF C-15 Deterioro en el valor de los activos de larga duración, valor de uso (CINIF))

16. Una máquina tiene un valor en libros de $2,000,000. Su valor razonable menos los costos de disposición es de $1,600,000, y su valor de uso, determinado con base en el valor presente de los flujos de efectivo futuros esperados, es de $1,800,000. Conforme a la NIF C-15, ¿debe reconocerse una pérdida por deterioro y por qué monto?

  1. Sí, por $400,000, tomando como valor de recuperación el valor razonable menos costos de disposición de $1,600,000
  2. No debe reconocerse deterioro, pues el valor de uso es mayor que el valor razonable menos costos de disposición
  3. Sí, por $300,000, promediando el valor razonable menos costos de disposición y el valor de uso
  4. Sí, por $200,000, pues el valor de recuperación es de $1,800,000, el mayor entre ambos montos

El valor de recuperación es el mayor entre ambos montos, es decir $1,800,000; como el valor en libros ($2,000,000) lo excede, la pérdida por deterioro es de $200,000, no el resultado de tomar el menor valor ni de promediar ambos montos. (NIF C-15 Deterioro en el valor de los activos de larga duración, determinación de la pérdida por deterioro (CINIF))

17. ¿Cuál de los siguientes activos se encuentra dentro del alcance de la NIF C-15 para efectos de pruebas de deterioro?

  1. El crédito mercantil reconocido en una adquisición de negocios
  2. Los inventarios valuados al menor entre costo y valor neto de realización
  3. Las cuentas por cobrar que constituyen instrumentos financieros de principal e interés
  4. Los activos por impuestos a la utilidad diferidos

El crédito mercantil está expresamente dentro del alcance de la NIF C-15; los inventarios, las cuentas por cobrar de principal e interés y los impuestos diferidos se regulan y prueban conforme a otras NIF. (NIF C-15 Deterioro en el valor de los activos de larga duración, alcance (CINIF))

18. La NIF C-15 aplica a la generalidad de los activos de larga duración, tangibles e intangibles. ¿Cuál de los siguientes activos está EXCLUIDO de su alcance?

  1. Las propiedades, planta y equipo utilizadas en la operación de la entidad
  2. Los activos biológicos que se valúan a su valor razonable menos los costos de venta
  3. Los activos intangibles de vida útil indefinida
  4. El crédito mercantil generado en una combinación de negocios

Los activos biológicos valuados a valor razonable menos costos de venta quedan fuera del alcance de la NIF C-15, pues su valuación posterior ya refleja cambios de valor; las propiedades, planta y equipo, los intangibles de vida indefinida y el crédito mercantil sí están dentro de su alcance. (NIF C-15 Deterioro en el valor de los activos de larga duración, exclusiones del alcance (CINIF))

19. Una entidad tiene una marca registrada de vida útil indefinida y una patente con vida útil de 8 años. Conforme a la NIF C-15, ¿con qué frecuencia debe sujetarse cada activo a pruebas de deterioro?

  1. Ambos activos deben probarse cada año, sin importar si existen indicios de deterioro
  2. Ambos activos deben probarse únicamente cuando existan indicios de deterioro, sin excepción por su vida útil
  3. La marca debe probarse cada año, independientemente de que existan indicios de deterioro; la patente solo cuando existan indicios
  4. La patente debe probarse cada año por tener vida definida, y la marca solo cuando existan indicios, por tener vida indefinida

Los activos de vida útil indefinida, como la marca, deben probarse anualmente aunque no existan indicios de deterioro; los de vida definida, como la patente, solo se prueban cuando existen indicios. (NIF C-15 Deterioro en el valor de los activos de larga duración, frecuencia de las pruebas de deterioro (CINIF))

20. Conforme a la NIF C-15, ¿en dónde debe reconocerse una pérdida por deterioro de un activo de larga duración?

  1. Directamente en el capital contable, como parte de otros resultados integrales
  2. Como una reducción de la reserva legal de la entidad
  3. En el estado de flujos de efectivo, como una salida en actividades de inversión
  4. En los resultados del periodo en que se determina el deterioro

La pérdida por deterioro se reconoce en los resultados del periodo, no en el capital contable ni en el estado de flujos de efectivo, pues no representa una salida de efectivo. (NIF C-15 Deterioro en el valor de los activos de larga duración, reconocimiento contable (CINIF))

21. Una entidad reconoció, en ejercicios anteriores, una pérdida por deterioro tanto en una patente de vida definida como en el crédito mercantil de una unidad generadora de efectivo. En el ejercicio actual, las condiciones que originaron ambos deterioros mejoraron sustancialmente. Conforme a la NIF C-15, ¿cuál es el tratamiento correcto?

  1. Puede revertirse la pérdida reconocida en la patente, pero en ningún caso puede revertirse la del crédito mercantil
  2. Pueden revertirse ambas pérdidas, siempre que se documenten adecuadamente las nuevas estimaciones utilizadas
  3. No puede revertirse ninguna de las dos pérdidas, pues la NIF C-15 prohíbe toda reversión de deterioro
  4. Puede revertirse la pérdida del crédito mercantil, pero no la de la patente, por tratarse de un activo identificable

La NIF C-15 permite revertir el deterioro de activos identificables como la patente cuando cambian las estimaciones, pero prohíbe expresamente revertir el deterioro reconocido en el crédito mercantil. (NIF C-15 Deterioro en el valor de los activos de larga duración, reversión del deterioro (CINIF))

22. Una unidad generadora de efectivo está integrada por crédito mercantil de $100,000, una planta con valor en libros de $900,000 y equipo con valor en libros de $500,000; la unidad presenta una pérdida por deterioro total de $250,000. Conforme a la NIF C-15, ¿cómo debe asignarse esta pérdida?

  1. Se distribuye proporcionalmente entre los tres activos, con base en su valor en libros, sin dar prioridad al crédito mercantil
  2. Primero se disminuyen los $100,000 del crédito mercantil, y el remanente de $150,000 se distribuye proporcionalmente entre la planta y el equipo
  3. Se aplica en su totalidad al activo con mayor valor en libros, en este caso la planta
  4. Se aplica primero a la planta y al equipo en partes iguales, y el remanente se asigna al crédito mercantil

La NIF C-15 exige asignar primero la pérdida por deterioro de una unidad generadora de efectivo al crédito mercantil que le corresponde, y solo el remanente se distribuye proporcionalmente entre los demás activos con base en su valor en libros. (NIF C-15 Deterioro en el valor de los activos de larga duración, asignación del deterioro en unidades generadoras de efectivo (CINIF))

23. Una entidad detecta que, por un cambio tecnológico relevante en su industria, la maquinaria de una de sus líneas de producción quedó parcialmente obsoleta, aunque continúa en operación. Conforme a la NIF C-15, esta situación constituye:

  1. Una causal automática para dar de baja la maquinaria del balance, sin estimar su valor de recuperación
  2. Un hecho que solo debe revelarse en notas a los estados financieros, sin efecto en la valuación del activo
  3. Un indicio de deterioro que obliga a la entidad a estimar el valor de recuperación de la maquinaria
  4. Un cambio de método de depreciación obligatorio, en sustitución de la prueba de deterioro

La obsolescencia tecnológica parcial es un indicio externo de deterioro conforme a la NIF C-15, que obliga a estimar el valor de recuperación del activo, sin que ello implique darlo de baja de forma automática ni sustituir la prueba por un cambio de método de depreciación. (NIF C-15 Deterioro en el valor de los activos de larga duración, indicios de deterioro (CINIF))

24. Conforme a la NIF C-15, al determinar el valor razonable menos los costos de disposición de un activo de larga duración, los costos de disposición corresponden a:

  1. Todos los costos administrativos generales de la entidad, prorrateados entre sus activos de larga duración
  2. El importe del impuesto sobre la renta que se causaría por la venta del activo
  3. Los intereses devengados por el financiamiento utilizado para adquirir originalmente el activo
  4. Los costos incrementales directamente atribuibles a la disposición del activo, sin incluir costos financieros ni el impuesto a la utilidad

Los costos de disposición son costos incrementales directamente atribuibles a la venta del activo; expresamente excluyen los costos financieros y el efecto del impuesto a la utilidad, a diferencia de lo que sugieren las demás opciones. (NIF C-15 Deterioro en el valor de los activos de larga duración, costos de disposición (CINIF))

25. Una entidad vende mercancía a crédito a sus clientes en condiciones normales del giro del negocio, sin que el instrumento resultante contenga un componente de financiamiento significativo ni devengue interés explícito. Conforme al marco normativo de la serie NIF C, ¿cuál norma debe aplicar para el reconocimiento y la valuación inicial de esta cuenta por cobrar?

  1. NIF C-3, Cuentas por cobrar
  2. NIF C-20, Instrumentos financieros por cobrar principal e interés
  3. NIF C-16, Deterioro de instrumentos financieros por cobrar
  4. NIF C-9, Provisiones, contingencias y compromisos

La NIF C-3 regula las cuentas por cobrar comerciales que no devengan interés ni derivan de un instrumento de financiamiento; cuando sí constituyen un instrumento de financiamiento de principal e interés, se aplica la NIF C-20. (NIF C-3 Cuentas por cobrar (CINIF))

26. Una entidad mantiene documentos por cobrar cuyo modelo de negocio consiste en conservarlos para obtener los flujos contractuales de principal e interés hasta su vencimiento. Conforme a la NIF C-20, ¿cómo deben valuarse posteriormente estos instrumentos financieros?

  1. A su costo amortizado, utilizando el método de interés efectivo
  2. A su valor razonable, con cambios reconocidos en la utilidad o pérdida neta
  3. A su valor razonable, con cambios reconocidos en otros resultados integrales
  4. A su valor nominal, sin reconocer un componente de interés

La NIF C-20 establece que los instrumentos financieros por cobrar de principal e interés, cuando el modelo de negocio es cobrar los flujos contractuales, se valúan posteriormente a su costo amortizado mediante el método de interés efectivo. (NIF C-20 Instrumentos financieros por cobrar principal e interés (CINIF))

27. Al cierre del ejercicio, la cartera de cuentas por cobrar comerciales de una entidad asciende a $5,000,000, sin componente de financiamiento significativo. Con base en su experiencia histórica de incumplimiento y en información prospectiva razonable, la entidad determina que el 2% de dicha cartera no será recuperable. Conforme a la NIF C-3, ¿por qué importe debe reconocer la estimación por pérdidas crediticias esperadas?

  1. $100,000
  2. $50,000
  3. $250,000
  4. $0

La NIF C-3 exige reconocer una estimación por pérdidas crediticias esperadas sobre la cartera; el 2% de $5,000,000 equivale a $100,000, sin esperar a que el incumplimiento se materialice. (NIF C-3 Cuentas por cobrar (CINIF))

28. Una entidad documenta un pasivo financiero por pagar a su valor nominal de $800,000. Para la contratación de dicho pasivo incurrió en costos de transacción directamente atribuibles de $15,000, pagados de manera inmediata. Conforme a la NIF C-19, ¿por qué importe debe reconocer inicialmente este pasivo financiero?

  1. $785,000
  2. $800,000
  3. $815,000
  4. $790,000

La NIF C-19 requiere reconocer el pasivo financiero neto de los costos de transacción directamente atribuibles; $800,000 menos $15,000 de costos da $785,000. (NIF C-19 Instrumentos financieros por pagar (CINIF))

29. Una entidad emite acciones preferentes que la obligan contractualmente a recomprarlas de manera obligatoria a un precio fijo en una fecha determinada, sin que dicha decisión dependa de la voluntad del emisor. Conforme a la sustancia económica que exige la NIF C-12 para distinguir entre pasivo y capital, ¿cómo debe clasificar este instrumento la entidad emisora?

  1. Como pasivo financiero, por la obligación contractual de entregar efectivo en una fecha futura
  2. Como capital contribuido, por tratarse legalmente de acciones del capital social
  3. Como capital ganado, dentro de los resultados acumulados de la entidad
  4. Como un instrumento financiero derivado sujeto a una relación de cobertura

La NIF C-12 clasifica los instrumentos financieros según su sustancia económica y no su forma legal; la obligación contractual de entregar efectivo en una fecha fija, aun tratándose de acciones, obliga a clasificarlo como pasivo financiero. (NIF C-12 Instrumentos financieros con características de pasivo y de capital (CINIF))

30. Conforme a la sustancia económica que exige la NIF C-12 para distinguir entre pasivo y capital, ¿cuál de los siguientes instrumentos NO debe clasificarse como pasivo financiero?

  1. Un documento por pagar con vencimiento determinado y una tasa de interés pactada
  2. Una acción preferente con rescate obligatorio a un precio fijo en una fecha determinada
  3. Acciones ordinarias sin obligación de rescate, que otorgan una participación residual en los activos netos de la entidad
  4. Un instrumento que obliga contractualmente al emisor a entregar efectivo en una fecha futura

Las acciones ordinarias sin obligación de rescate representan una participación residual en los activos netos, por lo que se clasifican como capital; los demás instrumentos implican una obligación contractual de entregar efectivo y por ello son pasivo. (NIF C-12 Instrumentos financieros con características de pasivo y de capital (CINIF))

31. ¿Qué modelo establece la NIF C-16 para el reconocimiento del deterioro de los instrumentos financieros por cobrar?

  1. El modelo de pérdida crediticia esperada, reconocida desde el reconocimiento inicial del instrumento
  2. El modelo de pérdida incurrida, reconocida solo cuando ocurre un evento de incumplimiento observable
  3. El modelo de valor neto de realización aplicable a los inventarios
  4. El modelo de deterioro de activos de larga duración basado en el valor de recuperación

La NIF C-16 adopta el modelo de pérdida crediticia esperada, que anticipa el reconocimiento de las pérdidas desde el origen del instrumento, sin esperar a un evento de incumplimiento como exigía el modelo de pérdida incurrida. (NIF C-16 Deterioro de instrumentos financieros por cobrar (CINIF))

32. Conforme a la NIF C-4, ¿a qué valor deben valuarse los inventarios de una entidad al cierre del periodo?

  1. Al menor entre su costo de adquisición o producción y su valor neto de realización
  2. Al mayor entre su costo de adquisición y su valor razonable de mercado
  3. A su valor razonable, con los cambios reconocidos en la utilidad o pérdida neta
  4. A su costo de reposición actualizado a la fecha de los estados financieros

La NIF C-4 establece que los inventarios se valúan al menor entre su costo y su valor neto de realización, de modo que nunca se presenten por un importe mayor al que la entidad espera recuperar con su venta. (NIF C-4 Inventarios (CINIF), valuación posterior)

33. Un activo de larga duración tiene un valor en libros de $2,000,000. Su valor razonable menos los costos de disposición es de $1,600,000 y su valor de uso, determinado como el valor presente de los flujos de efectivo futuros esperados, es de $1,750,000. Conforme a la NIF C-15, ¿por qué importe debe reconocer la entidad la pérdida por deterioro?

  1. $250,000
  2. $400,000
  3. $0
  4. $350,000

El valor de recuperación es el mayor entre $1,600,000 y $1,750,000, es decir, $1,750,000; la pérdida por deterioro es la diferencia contra el valor en libros de $2,000,000, esto es, $250,000. (NIF C-15 Deterioro en el valor de los activos de larga duración (CINIF))

34. Conforme a la NIF C-4, ¿cuál de los siguientes métodos de asignación del costo de los inventarios NO está permitido?

  1. Costos promedio
  2. Primeras entradas primeras salidas (PEPS)
  3. Últimas entradas primeras salidas (UEPS)
  4. Costo identificado

La NIF C-4 permite las fórmulas de costo identificado, costos promedio y primeras entradas primeras salidas (PEPS), pero prohíbe expresamente el método últimas entradas primeras salidas (UEPS). (NIF C-4 Inventarios (CINIF), fórmulas de asignación del costo)

35. Una entidad identifica indicios de que el valor en libros de su maquinaria podría no ser recuperable a través de su uso u operación continua. Al mismo tiempo, detecta que un cliente presenta atrasos significativos en el pago de una cuenta por cobrar comercial. ¿Qué normas debe aplicar la entidad para evaluar el deterioro de la maquinaria y el de la cuenta por cobrar, respectivamente?

  1. NIF C-15 para la maquinaria y NIF C-16 para la cuenta por cobrar
  2. NIF C-16 para la maquinaria y NIF C-15 para la cuenta por cobrar
  3. NIF C-9 para ambos casos, por tratarse de estimaciones contables
  4. NIF C-6 para la maquinaria y NIF C-3 para la cuenta por cobrar, sin evaluar deterioro

El deterioro de los activos de larga duración, como la maquinaria, se evalúa conforme a la NIF C-15, mientras que el deterioro de los instrumentos financieros por cobrar se evalúa bajo el modelo de pérdida crediticia esperada de la NIF C-16. (NIF C-15 Deterioro en el valor de los activos de larga duración (CINIF) y NIF C-16 Deterioro de instrumentos financieros por cobrar (CINIF))

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