La serie NIF C del CINIF define los criterios de reconocimiento y valuación de los principales rubros del estado de situación financiera. El efectivo y sus equivalentes (NIF C-1) se valúan a su valor nominal; el efectivo en moneda extranjera y los metales preciosos amonedados se valúan a valor razonable (tipo de cambio o cotización a la fecha de los estados financieros). Los equivalentes son inversiones de alta liquidez, a corto plazo, fácilmente convertibles en efectivo y con riesgo poco significativo de cambios en su valor.
En instrumentos financieros, la NIF C-2 valúa los negociables a valor razonable con cambios en resultados (utilidad o pérdida neta del periodo); los derivados (NIF C-10) también a valor razonable, con tres tipos de cobertura: de valor razonable, de flujos de efectivo y de una inversión neta en una operación extranjera. Los instrumentos por cobrar de principal e interés (NIF C-20) y los instrumentos por pagar (NIF C-19) se valúan posteriormente a costo amortizado con el método de interés efectivo. El deterioro de los financieros por cobrar (NIF C-16) sigue el modelo de pérdida crediticia esperada (PCE) desde el reconocimiento inicial. Las cuentas por cobrar comerciales sin interés (NIF C-3) reconocen una estimación por pérdidas crediticias esperadas; las de financiamiento se tratan en la NIF C-20.
Reglas clave de otros rubros:
En pasivos, la NIF C-9 exige reconocer una provisión solo si concurren tres condiciones: obligación presente (legal o asumida) por un evento pasado, salida probable de recursos y monto estimable de forma confiable; se valúa a la mejor estimación del desembolso. La clasificación como pasivo o capital (NIF C-12) atiende a la sustancia económica sobre la forma legal. El capital contable (NIF C-11) se divide en capital contribuido (aportaciones) y capital ganado (resultados acumulados y otros resultados integrales); los gastos de emisión de acciones disminuyen el capital contable.
1. De acuerdo con la NIF C-1, ¿a qué valor debe reconocerse el efectivo en moneda nacional que una entidad mantiene en caja y en cuentas bancarias?
La NIF C-1 establece que el efectivo se valúa a su valor nominal; solo la moneda extranjera y los metales preciosos amonedados se valúan a valor razonable. (NIF C-1 Efectivo y equivalentes de efectivo, criterios de valuación (CINIF))
2. Conforme a la NIF C-1, ¿cuál de las siguientes es una característica que debe cumplir una inversión para clasificarse como equivalente de efectivo?
La NIF C-1 define a los equivalentes de efectivo como inversiones de alta liquidez, a corto plazo, fácilmente convertibles en efectivo y con riesgo poco significativo de cambio en su valor; las demás opciones describen instrumentos regulados por otras NIF de la serie C. (NIF C-1 Efectivo y equivalentes de efectivo, definición de equivalentes de efectivo (CINIF))
3. Una entidad mexicana mantiene efectivo en dólares estadounidenses depositado en una cuenta bancaria en el extranjero. Conforme a la NIF C-1, ¿a qué valor debe presentarse este efectivo en los estados financieros al cierre del periodo?
La NIF C-1 señala que el efectivo en moneda extranjera se valúa a su valor razonable, aplicando el tipo de cambio vigente a la fecha de los estados financieros, y no un tipo histórico o promedio. (NIF C-1 Efectivo y equivalentes de efectivo, valuación de moneda extranjera (CINIF))
4. Una entidad conserva monedas de plata Libertad como parte de su efectivo disponible. Conforme a la NIF C-1, ¿cómo deben valuarse estos metales preciosos amonedados?
La NIF C-1 dispone que los metales preciosos amonedados, al igual que la moneda extranjera, se valúan a su valor razonable, y no a su valor nominal ni a su costo histórico. (NIF C-1 Efectivo y equivalentes de efectivo, valuación de metales preciosos amonedados (CINIF))
5. Una entidad adquiere papel comercial de alta liquidez con vencimiento de cuatro meses contados a partir de su fecha de adquisición. Conforme al criterio de corto plazo comúnmente aplicado a los equivalentes de efectivo, esta inversión:
Bajo el criterio de corto plazo comúnmente aceptado para equivalentes de efectivo (vencimiento no mayor a tres meses desde su adquisición), una inversión a cuatro meses normalmente no califica; el resto de las opciones no reflejan las características exigidas por la NIF C-1. (NIF C-1 Efectivo y equivalentes de efectivo, criterio de corto plazo para equivalentes de efectivo (CINIF))
6. Una entidad mantiene un depósito en garantía de $500,000 en un banco, mismo que no podrá disponer sino hasta dentro de 18 meses, conforme a un contrato de arrendamiento. Conforme a la NIF C-1, ¿cómo debe presentar la entidad este efectivo restringido en su estado de situación financiera?
Cuando la restricción sobre el efectivo excede de un año, la NIF C-1 requiere presentarlo como activo no circulante, separado del efectivo y equivalentes de efectivo de libre disposición. (NIF C-1 Efectivo y equivalentes de efectivo, efectivo restringido (CINIF))
7. Al cierre del ejercicio, una entidad presenta un sobregiro bancario en una de sus cuentas de cheques; dicho sobregiro no forma parte integral de la administración de efectivo de la entidad. Conforme a la NIF C-1, ¿cuál es el tratamiento correcto?
Cuando el sobregiro no forma parte integral de la administración de efectivo, la NIF C-1 exige presentarlo como un pasivo de financiamiento y no como una reducción del efectivo. (NIF C-1 Efectivo y equivalentes de efectivo, tratamiento de sobregiros bancarios (CINIF))
8. ¿Cuál de las siguientes inversiones constituye un ejemplo típico de equivalente de efectivo conforme a la NIF C-1?
Los valores gubernamentales de alta liquidez y corto plazo son el ejemplo clásico de equivalente de efectivo; las demás opciones corresponden a inversiones permanentes, propiedades o cuentas por cobrar reguladas por otras NIF. (NIF C-1 Efectivo y equivalentes de efectivo, ejemplos de equivalentes de efectivo (CINIF))
9. Al 31 de diciembre, una entidad mantiene USD $10,000 en una cuenta bancaria en el extranjero. El tipo de cambio histórico a la fecha del depósito fue de $17.00 pesos por dólar, y el tipo de cambio de cierre publicado a esa fecha es de $18.50 pesos por dólar. Conforme a la NIF C-1, ¿a qué importe en pesos debe presentarse este efectivo en los estados financieros?
La NIF C-1 exige valuar el efectivo en moneda extranjera al tipo de cambio de cierre, por lo que USD $10,000 × $18.50 = $185,000; usar el tipo histórico, un promedio o reconocer solo la diferencia cambiaria son errores comunes que no reflejan el valor razonable a la fecha de los estados financieros. (NIF C-1 Efectivo y equivalentes de efectivo, valuación de moneda extranjera (CINIF))
10. ¿Cuál de las siguientes NO es una característica que la NIF C-1 exige para que una inversión se clasifique como equivalente de efectivo?
La NIF C-1 no exige una tasa de rendimiento superior a la de mercado; las verdaderas condiciones son alta liquidez, corto plazo, fácil convertibilidad en efectivo y riesgo poco significativo de cambio en su valor. (NIF C-1 Efectivo y equivalentes de efectivo, definición de equivalentes de efectivo (CINIF))
11. Conforme a la NIF C-1, el efectivo y equivalentes de efectivo deben presentarse en el estado de situación financiera dentro de:
El efectivo y equivalentes de efectivo son, por su naturaleza, la partida de mayor liquidez y se presentan dentro del activo circulante conforme a la NIF C-1. (NIF C-1 Efectivo y equivalentes de efectivo, presentación (CINIF))
12. Al preparar sus estados financieros, una entidad identifica que dentro de su saldo de caja incluyó cheques posfechados recibidos de clientes y vales por gastos de viaje pendientes de comprobar. Conforme a la NIF C-1, el tratamiento correcto es:
Los cheques posfechados y los vales pendientes de comprobar no son efectivo disponible; la NIF C-1 requiere excluirlos del rubro de efectivo y reclasificarlos conforme a su naturaleza real. (NIF C-1 Efectivo y equivalentes de efectivo, partidas excluidas del efectivo (CINIF))
13. Conforme a la NIF C-15, ¿en qué momento debe reconocerse una pérdida por deterioro en un activo de larga duración?
La NIF C-15 exige reconocer una pérdida por deterioro precisamente cuando el valor en libros de un activo supera su valor de recuperación; la situación inversa no genera deterioro. (NIF C-15 Deterioro en el valor de los activos de larga duración, reconocimiento (CINIF))
14. De acuerdo con la NIF C-15, el valor de recuperación de un activo de larga duración se define como:
La NIF C-15 define el valor de recuperación como el mayor entre el valor razonable menos costos de disposición y el valor de uso del activo, no el menor ni un promedio. (NIF C-15 Deterioro en el valor de los activos de larga duración, valor de recuperación (CINIF))
15. Conforme a la NIF C-15, el valor de uso de un activo de larga duración se determina como:
El valor de uso es el valor presente de los flujos de efectivo futuros esperados del activo; la opción sobre la venta entre participantes de mercado corresponde, en realidad, al valor razonable menos costos de disposición. (NIF C-15 Deterioro en el valor de los activos de larga duración, valor de uso (CINIF))
16. Una máquina tiene un valor en libros de $2,000,000. Su valor razonable menos los costos de disposición es de $1,600,000, y su valor de uso, determinado con base en el valor presente de los flujos de efectivo futuros esperados, es de $1,800,000. Conforme a la NIF C-15, ¿debe reconocerse una pérdida por deterioro y por qué monto?
El valor de recuperación es el mayor entre ambos montos, es decir $1,800,000; como el valor en libros ($2,000,000) lo excede, la pérdida por deterioro es de $200,000, no el resultado de tomar el menor valor ni de promediar ambos montos. (NIF C-15 Deterioro en el valor de los activos de larga duración, determinación de la pérdida por deterioro (CINIF))
17. ¿Cuál de los siguientes activos se encuentra dentro del alcance de la NIF C-15 para efectos de pruebas de deterioro?
El crédito mercantil está expresamente dentro del alcance de la NIF C-15; los inventarios, las cuentas por cobrar de principal e interés y los impuestos diferidos se regulan y prueban conforme a otras NIF. (NIF C-15 Deterioro en el valor de los activos de larga duración, alcance (CINIF))
18. La NIF C-15 aplica a la generalidad de los activos de larga duración, tangibles e intangibles. ¿Cuál de los siguientes activos está EXCLUIDO de su alcance?
Los activos biológicos valuados a valor razonable menos costos de venta quedan fuera del alcance de la NIF C-15, pues su valuación posterior ya refleja cambios de valor; las propiedades, planta y equipo, los intangibles de vida indefinida y el crédito mercantil sí están dentro de su alcance. (NIF C-15 Deterioro en el valor de los activos de larga duración, exclusiones del alcance (CINIF))
19. Una entidad tiene una marca registrada de vida útil indefinida y una patente con vida útil de 8 años. Conforme a la NIF C-15, ¿con qué frecuencia debe sujetarse cada activo a pruebas de deterioro?
Los activos de vida útil indefinida, como la marca, deben probarse anualmente aunque no existan indicios de deterioro; los de vida definida, como la patente, solo se prueban cuando existen indicios. (NIF C-15 Deterioro en el valor de los activos de larga duración, frecuencia de las pruebas de deterioro (CINIF))
20. Conforme a la NIF C-15, ¿en dónde debe reconocerse una pérdida por deterioro de un activo de larga duración?
La pérdida por deterioro se reconoce en los resultados del periodo, no en el capital contable ni en el estado de flujos de efectivo, pues no representa una salida de efectivo. (NIF C-15 Deterioro en el valor de los activos de larga duración, reconocimiento contable (CINIF))
21. Una entidad reconoció, en ejercicios anteriores, una pérdida por deterioro tanto en una patente de vida definida como en el crédito mercantil de una unidad generadora de efectivo. En el ejercicio actual, las condiciones que originaron ambos deterioros mejoraron sustancialmente. Conforme a la NIF C-15, ¿cuál es el tratamiento correcto?
La NIF C-15 permite revertir el deterioro de activos identificables como la patente cuando cambian las estimaciones, pero prohíbe expresamente revertir el deterioro reconocido en el crédito mercantil. (NIF C-15 Deterioro en el valor de los activos de larga duración, reversión del deterioro (CINIF))
22. Una unidad generadora de efectivo está integrada por crédito mercantil de $100,000, una planta con valor en libros de $900,000 y equipo con valor en libros de $500,000; la unidad presenta una pérdida por deterioro total de $250,000. Conforme a la NIF C-15, ¿cómo debe asignarse esta pérdida?
La NIF C-15 exige asignar primero la pérdida por deterioro de una unidad generadora de efectivo al crédito mercantil que le corresponde, y solo el remanente se distribuye proporcionalmente entre los demás activos con base en su valor en libros. (NIF C-15 Deterioro en el valor de los activos de larga duración, asignación del deterioro en unidades generadoras de efectivo (CINIF))
23. Una entidad detecta que, por un cambio tecnológico relevante en su industria, la maquinaria de una de sus líneas de producción quedó parcialmente obsoleta, aunque continúa en operación. Conforme a la NIF C-15, esta situación constituye:
La obsolescencia tecnológica parcial es un indicio externo de deterioro conforme a la NIF C-15, que obliga a estimar el valor de recuperación del activo, sin que ello implique darlo de baja de forma automática ni sustituir la prueba por un cambio de método de depreciación. (NIF C-15 Deterioro en el valor de los activos de larga duración, indicios de deterioro (CINIF))
24. Conforme a la NIF C-15, al determinar el valor razonable menos los costos de disposición de un activo de larga duración, los costos de disposición corresponden a:
Los costos de disposición son costos incrementales directamente atribuibles a la venta del activo; expresamente excluyen los costos financieros y el efecto del impuesto a la utilidad, a diferencia de lo que sugieren las demás opciones. (NIF C-15 Deterioro en el valor de los activos de larga duración, costos de disposición (CINIF))
25. Una entidad vende mercancía a crédito a sus clientes en condiciones normales del giro del negocio, sin que el instrumento resultante contenga un componente de financiamiento significativo ni devengue interés explícito. Conforme al marco normativo de la serie NIF C, ¿cuál norma debe aplicar para el reconocimiento y la valuación inicial de esta cuenta por cobrar?
La NIF C-3 regula las cuentas por cobrar comerciales que no devengan interés ni derivan de un instrumento de financiamiento; cuando sí constituyen un instrumento de financiamiento de principal e interés, se aplica la NIF C-20. (NIF C-3 Cuentas por cobrar (CINIF))
26. Una entidad mantiene documentos por cobrar cuyo modelo de negocio consiste en conservarlos para obtener los flujos contractuales de principal e interés hasta su vencimiento. Conforme a la NIF C-20, ¿cómo deben valuarse posteriormente estos instrumentos financieros?
La NIF C-20 establece que los instrumentos financieros por cobrar de principal e interés, cuando el modelo de negocio es cobrar los flujos contractuales, se valúan posteriormente a su costo amortizado mediante el método de interés efectivo. (NIF C-20 Instrumentos financieros por cobrar principal e interés (CINIF))
27. Al cierre del ejercicio, la cartera de cuentas por cobrar comerciales de una entidad asciende a $5,000,000, sin componente de financiamiento significativo. Con base en su experiencia histórica de incumplimiento y en información prospectiva razonable, la entidad determina que el 2% de dicha cartera no será recuperable. Conforme a la NIF C-3, ¿por qué importe debe reconocer la estimación por pérdidas crediticias esperadas?
La NIF C-3 exige reconocer una estimación por pérdidas crediticias esperadas sobre la cartera; el 2% de $5,000,000 equivale a $100,000, sin esperar a que el incumplimiento se materialice. (NIF C-3 Cuentas por cobrar (CINIF))
28. Una entidad documenta un pasivo financiero por pagar a su valor nominal de $800,000. Para la contratación de dicho pasivo incurrió en costos de transacción directamente atribuibles de $15,000, pagados de manera inmediata. Conforme a la NIF C-19, ¿por qué importe debe reconocer inicialmente este pasivo financiero?
La NIF C-19 requiere reconocer el pasivo financiero neto de los costos de transacción directamente atribuibles; $800,000 menos $15,000 de costos da $785,000. (NIF C-19 Instrumentos financieros por pagar (CINIF))
29. Una entidad emite acciones preferentes que la obligan contractualmente a recomprarlas de manera obligatoria a un precio fijo en una fecha determinada, sin que dicha decisión dependa de la voluntad del emisor. Conforme a la sustancia económica que exige la NIF C-12 para distinguir entre pasivo y capital, ¿cómo debe clasificar este instrumento la entidad emisora?
La NIF C-12 clasifica los instrumentos financieros según su sustancia económica y no su forma legal; la obligación contractual de entregar efectivo en una fecha fija, aun tratándose de acciones, obliga a clasificarlo como pasivo financiero. (NIF C-12 Instrumentos financieros con características de pasivo y de capital (CINIF))
30. Conforme a la sustancia económica que exige la NIF C-12 para distinguir entre pasivo y capital, ¿cuál de los siguientes instrumentos NO debe clasificarse como pasivo financiero?
Las acciones ordinarias sin obligación de rescate representan una participación residual en los activos netos, por lo que se clasifican como capital; los demás instrumentos implican una obligación contractual de entregar efectivo y por ello son pasivo. (NIF C-12 Instrumentos financieros con características de pasivo y de capital (CINIF))
31. ¿Qué modelo establece la NIF C-16 para el reconocimiento del deterioro de los instrumentos financieros por cobrar?
La NIF C-16 adopta el modelo de pérdida crediticia esperada, que anticipa el reconocimiento de las pérdidas desde el origen del instrumento, sin esperar a un evento de incumplimiento como exigía el modelo de pérdida incurrida. (NIF C-16 Deterioro de instrumentos financieros por cobrar (CINIF))
32. Conforme a la NIF C-4, ¿a qué valor deben valuarse los inventarios de una entidad al cierre del periodo?
La NIF C-4 establece que los inventarios se valúan al menor entre su costo y su valor neto de realización, de modo que nunca se presenten por un importe mayor al que la entidad espera recuperar con su venta. (NIF C-4 Inventarios (CINIF), valuación posterior)
33. Un activo de larga duración tiene un valor en libros de $2,000,000. Su valor razonable menos los costos de disposición es de $1,600,000 y su valor de uso, determinado como el valor presente de los flujos de efectivo futuros esperados, es de $1,750,000. Conforme a la NIF C-15, ¿por qué importe debe reconocer la entidad la pérdida por deterioro?
El valor de recuperación es el mayor entre $1,600,000 y $1,750,000, es decir, $1,750,000; la pérdida por deterioro es la diferencia contra el valor en libros de $2,000,000, esto es, $250,000. (NIF C-15 Deterioro en el valor de los activos de larga duración (CINIF))
34. Conforme a la NIF C-4, ¿cuál de los siguientes métodos de asignación del costo de los inventarios NO está permitido?
La NIF C-4 permite las fórmulas de costo identificado, costos promedio y primeras entradas primeras salidas (PEPS), pero prohíbe expresamente el método últimas entradas primeras salidas (UEPS). (NIF C-4 Inventarios (CINIF), fórmulas de asignación del costo)
35. Una entidad identifica indicios de que el valor en libros de su maquinaria podría no ser recuperable a través de su uso u operación continua. Al mismo tiempo, detecta que un cliente presenta atrasos significativos en el pago de una cuenta por cobrar comercial. ¿Qué normas debe aplicar la entidad para evaluar el deterioro de la maquinaria y el de la cuenta por cobrar, respectivamente?
El deterioro de los activos de larga duración, como la maquinaria, se evalúa conforme a la NIF C-15, mientras que el deterioro de los instrumentos financieros por cobrar se evalúa bajo el modelo de pérdida crediticia esperada de la NIF C-16. (NIF C-15 Deterioro en el valor de los activos de larga duración (CINIF) y NIF C-16 Deterioro de instrumentos financieros por cobrar (CINIF))